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AGÈNCIA VALENCIANA ANTIFRAU

RSII - Registro de Responsables Sistema Interno Información

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RSII - Registro de Responsables Sistema Interno Información

Descripción

Este procedimiento se tramita en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, así como de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, modificada por la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Conforme a esta normativa, en virtud de la misma, cada entidad u organismo obligado debe disponer de un Sistema Interno de Información (SII), que incluye la implantación de un canal, la designación de un Responsable del Sistema y la aplicación de un procedimiento específico.

De acuerdo con la Resolución nº 406/2025, de 5 de junio, del director de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana (AVAF), se crea el Registro de Responsables de Sistemas Internos de Información (RRSII), en el que deben inscribirse los nombramientos, modificaciones y ceses de los Responsables del SII, tanto en el sector público como privado, conforme a los artículos 8 y 29 de la Ley 2/2023 y a la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales.

El incumplimiento de la obligación de disponer de un SII y de designar y notificar al Responsable puede constituir infracción muy grave o leve, con las correspondientes sanciones previstas en la Ley 2/2023.

¿Quien puede realizar el trámite?

Están obligadas a notificar al RRSII las siguientes entidades:

1. Administraciones públicas y entidades del sector público incluidas en el ámbito de actuación de la Agencia, según el artículo 3 de la Ley 11/2016 y los artículos 10, 11, 13.1 y 2 de la Ley 2/2023.

        En concreto:

  •  La administración de la Generalitat.
  • El sector público instrumental de la Generalitat, según el artículo 2.3 de la Ley 1/2015.
  • Las Corts Valencianes, el Síndic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, el Consell Valencià de Cultura, la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Comité Econòmic i Social, el Consell Jurídic Consultiu y otras instituciones estatutarias análogas.
  • Entidades integrantes de la administración local de la Comunitat Valenciana y entidades del sector público vinculadas o dependientes.
  • Universidades públicas valencianas y entidades del sector público vinculadas o dependientes.
  • Corporaciones de derecho público, respecto a actividades sujetas a derecho administrativo.
  • Asociaciones constituidas por administraciones públicas, organismos y entidades públicas.

2. Las entidades jurídicas o personas físicas del sector privado incluidas en el artículo 10.1 de la Ley 2/2023, entre las que se encuentran empresas con más de 50 empleados, determinadas entidades sujetas a normativa de la UE (servicios financieros, transporte, medio ambiente), partidos políticos, sindicatos y organizaciones que gestionen fondos públicos.

Documentación a aportar

  • Documento que acredite la designación por el órgano competente de la persona física u órgano colegiado como Responsable del Sistema.
  • Documento que acredite el cese motivado o modificación, en su caso, por el órgano competente de la persona física u órgano colegiado.

Plazo de presentación

La notificación debe realizarse en el plazo de los diez días hábiles siguientes al nombramiento o, en su caso, al cese motivado del Responsable del Sistema Interno de Información.

Normativa aplicación

Realización del trámite

Realización mediante trámite electrónico. A través del trámite concreto (Responsable del Sistema Interno de la Información) de la sede electrónica de la Agencia Valenciana Antifraude, 24 horas al día, todos los días del año. Abierto durante todo el año.

Para realizar la solicitud de presentación de un escrito de forma electrónica, es necesario que el solicitante cuente con un certificado digital expedido por un prestador de servicios de certificación autorizado o DNI electrónico, y actúe en representación de la entidad correspondiente.

Documentación necesaria para realizar el trámite por internet:

  • Instancia debidamente cumplimentada.
  • Copia o certificado que acredite la designación por el órgano competente de la persona física u órgano colegiado; y/o copia o certificado que acredita el cese y modificación  con motivación por el órgano competente de la persona física u órgano colegiado.

Costes

No tiene tasas o impuestos asociados

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AGÈNCIA VALENCIANA ANTIFRAU - Q4601431B
C\ Navellos 14 Porta 3
46003 Valéncia (Valéncia)
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